La Boca Capital Federal

La Boca,

BLANES, JUAN M.400

1
1
47m2
47m2

¿Necesitás una garantía de alquiler?

Obtené tu garantía con Alucerto

Quiero cotizar garantía


Descripción

Alquiler de Departamento 2 AMBIENTES en Boca, Distrito de las Artes, Capital Federal. 

 Hermoso departamento, muy luminoso y aireado. Excelente ubicación, a metros de la Av. Alte. Brown, Parque Lezama, Hospital Argerich, Usina de las Artes, Puerto Madero, Metrobus y estaciones Retiro y Constitución a solo 10 minutos. Se trata de un departamento de dos ambientes de dimensiones generosas, 47 m2 totales, piso alto, vista despejada y balcón francés. Posee un amplio living comedor, cocina comedor, dormitorio amplio y baño completo. 

NO SE ADMITEN MASCOTAS  

Requisitos: Garantía propietaria de CABA + Recibo de sueldo con antigüedad + 1 mes de anticipo + 1 mes de depósito. 

--- Fuerzas de seguridad solo con recibo de sueldo alquilamos ---

SBI Propiedades

LEY 2340
ARTICULO 11

DERECHOS
SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS:
Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones
de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien
resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de
tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados
por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no
podrá ser exigido a los inquilinos.
ARTICULO 57
Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en
el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles
destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al
inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento
(4,15%) del valor total del respectivo contrato
LEY Nº 3.588
Artículo 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma
visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que
desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran-
la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº
2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en
el futuro las reemplacen.
Artículo 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al
Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las
sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según
el caso, a través del procedimiento establecido por la
Ley Nº 757.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.



XINTEL (SBI-SBI-1131)


Datos de la propiedad

  • ID#
    167318-509
  • Tipo de construcción
    Departamento
  • Condición
    Alquiler
  • Superficie Total m2
    47
  • Dormitorios
    1
  • Cochera
    Sin Cochera
  • Superficie Cubierta m2
    47
  • Baños
    1
  • Plantas
    no

Ubicación

BLANES, JUAN M.400

Avisos similares